Coordinadora de la REDWINN (Iberoamerican Network for Innovation and training to Strengthen Women’s Impact in Innovation Ecosystems)
¿Qué es la innovación? El mismo concepto está en continua evolución. Hoy en día es frecuente acudir al Manual de Oslo, elaborado por la OCDE y EUROSTAT, para hablar sobre la innovación y medirla. Las cuatro ediciones de esta guía, publicadas entre 1992 y 2018, muestran cómo la innovación se ha enfocado en campos diversos a lo largo del tiempo, como el mercado, la tecnología o el ámbito social. Sin embargo, coinciden en que, quienes las llevan a cabo, son las personas.
Si seguimos la definición de ‘innovar’ que recoge el Diccionario de la Real Academia, podemos afirmar que la innovación se asocia a personas creativas, inspiradas, dispuestas a asumir riesgos para solucionar un problema de manera eficiente. Si bien es a partir de los años 90 cuando el término innovación cobró relevancia, lo cierto es que personas innovadoras han existido siempre. En la Antigüedad, los dialectos griegos, la escritura cuneiforme sumeria o los jeroglíficos egipcios supusieron grandes innovaciones. En la Edad Media las innovaciones se concentraron principalmente en las maneras de administrar las medidas tradicionales de producción y el crecimiento económico. Pensemos en la rotación de los cultivos o la imprenta.
«Sus aportaciones suponían una nueva manera de enfocar los problemas de siempre»
En la Edad Contemporánea las innovaciones sociales ocupan un lugar propio. Según la Guía de la Innovación Social de la Comisión Europea, la innovación social es capaz de responder a las demandas sociales, mejorando el bienestar de las personas. Un ejemplo es la incorporación de las mujeres a los estudios universitarios en el siglo XX. Su presencia en la Universidad suponía un cambio en la mentalidad de las personas, esto es, un planteamiento innovador. Junto con la posibilidad de desarrollar una carrera académica, hubo quienes optaron por el libre ejercicio de la profesión. En este contexto, sus aportaciones suponían una nueva manera de enfocar los problemas de siempre, originando nuevas e innovadoras soluciones.
Si existe un ámbito en el cual las innovaciones se insertan en el ámbito social, ese es el mundo jurídico. Tres pioneras en el Derecho español, Clara Campoamor (1888-1972) , Mercedes Formica (1916-2002) y María Telo (1915-2014), se enfrentaron a problemas que existían desde hacía siglos e introdujeron cambios con el objetivo de erradicarlos de manera sostenible en el espacio y en el tiempo, creando valor para la sociedad, por lo que se puede afirmar que fueron auténticas innovadoras sociales.
Clara Campoamor (1930)
Campoamor se manifestó a favor de una serie de derechos de las mujeres. Defendió el voto para las mujeres y la inclusión del derecho al sufragio universal dentro del articulado de la Constitución (artículo 34). Además, abogó por el principio de no discriminación por razón de sexo (artículo 25) y el acceso de todos los españoles, sin distinción de sexo, a empleos y cargos públicos, ingresando según su mérito y capacidad (artículo 40).
Formica, través de sus escritos, desarrolló una gran labor en la denuncia del trato desigual que sufrían las mujeres en el ámbito laboral y exigió un cambio en el acceso a los empleos y cargos oficiales (cambio que se logró, en un primer paso, en 1961 y, totalmente, en 1966). En 1953 inició una campaña para modificar el Código Civil. El cambio se logró en 1958: las mujeres pudieron ser tutoras y testigos en los testamentos. Asimismo, la casada que contraía segundas nupcias conservaba la patria potestad sobre los hijos habidos en el primer matrimonio, mientras que la mujer en trámites de separación y presunto cónyuge inocente no debería abandonar el domicilio, ya considerado “casa de la familia” (frente al anterior “casa del marido”), ni podía ser depositada por su esposo durante el proceso de separación. Además, durante ese tiempo no se le privaba de la guarda de los hijos.
«Supieron identificar necesidades sociales que no estaban cubiertas»
En materia económica la reforma fue menos amplia, ya que se mantuvo la licencia marital. Su fin llegó con la entrada de mujeres juristas en la Comisión General de Codificación (CGC). Tras un intenso intercambio epistolar, en 1972 María Telo recibía del Ministro de Justicia la notificación de la posibilidad de incorporar a mujeres dentro de la CGC. Los trabajos de la Sección especial de la CGC dieron su primer fruto con la Ley 14/1975 de 2 de mayo. La aprobación de esta ley sustituía el deber de obediencia que la mujer casada tenía con el marido, por el deber de los esposos a su respeto y protección recíprocos, actuando siempre en interés de la familia. Asimismo, se suprimió la exigencia de licencia marital que se requería para cualquier cosa significativa y dejaba a las mujeres casadas españolas en una anacrónica privación de derechos.
Hoy día, es habitual relacionar en el ámbito jurídico la innovación con aspectos como el procesamiento de bases de datos complejas (big data), que brindan a las firmas de abogados la posibilidad de analizar y categorizar millones de normativas, leyes y demás documentos legales en tiempo récord o el recurso a los contratos inteligentes (smart contracts) que utilizan la tecnología blockchain para ejecutar automáticamente los términos y condiciones establecidos en dichos acuerdos. No obstante, no cabe duda de que tanto Campoamor como Formica y Telo supieron identificar necesidades sociales que no estaban cubiertas y aportaron soluciones eficaces y estables en el tiempo. De ahí lo interesante de sumar perspectivas en la innovación
Maria Cruz Diaz Diaz de Teran Velasco
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